El Acuerdo 816 de Rescate Social y Económico, aprobado por el Concejo y sancionado por la alcaldesa de Bogotá, contempla en sus artículos 6 y 7 alivios y beneficios para los deudores de obligaciones tributarias y no tributarias en mora durante el período comprendido entre el 12 de marzo de 2020 y el 27 de agosto del 2021.
- Obligaciones tributarias
Los deudores de obligaciones tributarias, esto es, contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios con registro en cartera (título ejecutivo), serán exonerados del 100% de intereses y sanciones causados si pagan la totalidad del capital adeudado a más tardar el 15 de diciembre de 2021. El alivio cobija, de igual manera, a los deudores con facilidad de pago vigente y que presenten mora.
- Obligaciones no tributarias
Los deudores de obligaciones no tributarias, como multas, sanciones y otros conceptos de naturaleza no tributaria*, a favor de las entidades del sector central, los establecimientos públicos y las alcaldías locales, que se encuentren en mora en el pago de las obligaciones causadas durante el mismo lapso, podrán acceder a un descuento del 60% del capital y del 100% de los intereses, siempre y cuando cancelen el 40% restante del total de la deuda hasta el 15 de diciembre de 2021. De igual forma, el beneficio se extiende a los deudores que tengan facilidad de pago vigente y presenten mora en el lapso mencionado, siempre y cuando cancelen el 40% del saldo pendiente de la deuda a más tardar el 15 de diciembre de 2021.
Recuerda que, para acceder a los alivios contemplados en relación con las obligaciones no tributarias, deberás enviar un correo electrónico manifestando el deseo de acogerte, indicando el número de cédula y el tipo de obligación adeudada, a radicacion_virtual@shd.gov.co. Una vez se realicen las verificaciones, el área de cobro te remitirá el recibo para que efectúes el pago y procedas a remitir por el mismo medio la copia del recibo cancelado.
A continuación, algunos de los conceptos de obligaciones no tributarias en los que aplican los beneficios previstos en el acuerdo:
- Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana
- Contravención urbana
- Requisitos establecimientos de comercio
- Costas procesales y sentencias judiciales
- Disciplinarios
- Normas ambientales
- Reintegros
- Vigilancia de proyectos de construcción
- Incapacidades y licencias laborales
- Comparendo ambiental
- Tasas ambientales
Si tu obligación en mora corresponde a multas de tránsito, deberás comunicarte con la Secretaría Distrital de Movilidad ingresando en el enlace Consultas Tránsito Bogotá